para la compra de bicicletas y accesorios en Navidad
Los organismos de Gobierno indicaron cuáles son los accesorios de
seguridad
obligatorios al transitar en ciclos y en qué fijarse antes de regalarlos.
Santiago, 15 de diciembre de 2023 – En vísperas de las fiestas de fin de
año, el Ministerio de
Transportes y Telecomunicaciones a través de la Conaset, y el Servicio
Nacional del Consumidor,
Sernac, recordaron cuáles son los elementos obligatorios de seguridad que
deben considerarse a
la hora de regalar una bicicleta u otro ciclo, principalmente pensando en
niñas y niños.
“En Navidad, regalemos seguridad. Sabemos que las bicicletas y otros ciclos
como los scooters,
patines y skates, están entre los regalos más populares para niñas y niños,
por lo que debemos
recordar que hay elementos obligatorios de seguridad que se deben ocupar en
estos medios de
transporte”, indicó la secretaria ejecutiva de Conaset, Luz Renata Infante,
quien detalló que los
cascos y luces son esenciales para proteger a las y los ciclistas, y que
los cascos deben contar con la
certificación del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, “que nos
garantiza que los
elementos cumplen con estándares internacionalmente reconocidos y que
pueden salvarnos la
vida en caso de sufrir una caída o vernos involucrados en un siniestro
vial”.
El sello de certificación es obligatorio para cascos de ciclos y
motocicletas, además de sistemas de
retención infantil (sillas para el traslado de niños y niñas en vehículos
particulares), remolques
para bicicletas y asientos para el traslado de niños en bicicletas.
Además, la Secretaria Ejecutiva de Conaset recordó que también es
obligatorio el uso de
elementos reflectantes en los ciclos y el uso de una luz delantera blanca y
una luz trasera roja en
las bicicletas, “y en el caso de vehículos con una estructura que no
permita la instalación de la luz
delantera, sigue siendo obligatorio el uso de la luz roja trasera, la que
incluso puedes poner en el
casco o en otro elemento de la vestimenta”.
Seguridad a la hora de comprar
La Ley del Consumidor (LPC) establece que la seguridad en el consumo es un
derecho
fundamental, lo que implica que las empresas están obligadas a cumplir con
los más altos
estándares para no afectar a las personas al momento de adquirir productos
o contratar bienes y
servicios.
Para ejercer este derecho es primordial que los consumidores compren sólo
en el comercio
establecido, lo que a su vez les permite acceder a la libre elección, a la
información veraz y
oportuna, a la garantía legal en caso que el producto salga defectuoso,
exigir la reparación o
indemnización en el caso de sufrir algún daño, entre otros aspectos.
El director nacional del Sernac, Andrés Herrera, explicó que las empresas
están obligadas a cumplir
con este derecho esencial, para no afectar la salud ni poner en riesgo a
las personas al momento
de comprar productos o contratar bienes.
En relación con los juguetes, la autoridad indicó que los consumidores
tienen derecho, y las
empresas el deber, de que dichos productos estén correctamente rotulados,
con información clara
y en castellano, que tenga advertencias e instrucciones para su uso seguro.
“Nuestro consejo es no comprar juguetes que no tengan la información en
castellano ni
instrucciones para su uso seguro y jamás adquirirlo en el comercio
informal, pues puede no tener
las advertencias básicas de seguridad o contener elementos tóxicos o partes
pequeñas que
arriesguen la seguridad de nuestras niñas y niños”, agregó el Director del
Sernac.
Elementos de seguridad obligatorios en ciclos
La ley de convivencia vial define que al transitar en ciclos -bicicletas,
skates, scooters, patines y
monociclos- es obligatorio:
– el uso de casco que cubra, al menos, la parte superior de la cabeza y
cuente con una
correa que lo asegure,
– en bicicleta, el uso de luz blanca adelante y roja atrás, además de
elementos reflectantes
laterales en las ruedas,
– el uso de un implemento sonoro que permita alertar a otros usuarios de
las vías,
– en ciclos cuya estructura no permita la instalación de la luz delantera,
sigue siendo
obligatorio el uso de luz trasera de color rojo, que puede ir adherida al
casco del
conductor,
– en horas de baja luz o condiciones de poca visibilidad, se debe usar
elementos
reflectantes, y siempre es recomendable el uso de vestimenta con colores de
alta
visibilidad.
Los elementos de seguridad que deben contar con acreditación entregada por
el MTT a través del
Centro de Control y Certificación Vehicular, 3CV:
Casco protector para usuarios de ciclos
Silla y remolque para el transporte de infantes
Sistemas de retención infantil
Cascos para motociclistas
En todos los casos, el Ministerio acredita que los elementos cumplen con
las normas
internacionales de la Unión Europea, Estados Unidos y, en el caso de los
cascos de motos, Japón.
No utilizar cascos acreditados, puede ser sancionado con una multa de 0,5 a
1 UTM. No utilizar el
Sistema de Retención Infantil para transportar a menores de 9 años en
vehículos particulares, es
una falta gravísima a la Ley de Tránsito, con multas de 1,5 a 3 UTM y la
suspensión de la licencia de
conducir entre 5 y 45 días.
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