Aprueban mayores sanciones para el porte de armas y secuestros
En la primera sesión que destinó la instancia para analizar los proyectos
considerados en el «fast track» legislativo, se aprobaron por unanimidad
las iniciativas y se inició el estudio de una moción que aumenta la
protección del personal de Carabineros.
De manera unánime la Comisión de Seguridad Pública
<www.senado.cl/appsenado/index.php?mo=comisiones&ac=ficha&id=615&tipo_comision=10>
del
Senado aprobó y despachó a la Sala, *el proyecto que aumenta las penas para
quienes cometan secuestros y el que establece mayores sanciones para
quienes porten armas en lugares altamente concurridos.*
Con este respaldo se dio un paso significativo en el «fast track»
legislativo acordado entre el Congreso y el Ejecutivo y que contempla el
estudio y despacho de diversas iniciativas en materia de seguridad esta
semana.
En la jornada de este martes, la instancia aprobó en general y en
particular *el proyecto que agrava la pena del delito de secuestro* que en
la actualidad tiene sanciones que parten desde los 3 años y un día de
presidio. La iniciativa propone que la pena base de delito de secuestro
oscile entre 5 años y un día a 15 años.
De esta forma la norma señala que «si el secuestro, se ejecutare para
obtener un rescate o imponer exigencias o arrancar decisiones, o si el
encierro o detención se prolongare por más de 24 horas, será castigado con
la pena de presidio mayor en su grado mínimo a medio». El texto aprobado
por la Cámara planteaba un plazo de más de 48 horas y el senador Manuel
José Ossandón presentó una indicación para rebajar ese guarismo a la mitad,
lo que fue aprobado por unanimidad.
Luego, la Comisión aprobó por unanimidad *el proyecto que modifica la ley
de control de armas, para aumentar la pena del delito de porte de armas en
lugares altamente concurridos*
El proyecto establecía a modo de ejemplo una serie de lugares y tras el
debate,* la Comisión decidió incorporar a ellos los establecimientos de
educación públicos y privados, los centros de salud públicos y privados,
estaciones de buses y todo medio de transporte de carga y de personas.*
De este modo, la norma que se votará en Sala establece que si los delitos
de porte de armas se cometen en «lugares altamente concurridos tales como,
la vía pública, edificios públicos o de libre acceso al público,
establecimientos educacionales públicos o privados, centros de salud
públicos o privados, ferias libres, mercados, centros comerciales, eventos
deportivos o espectáculos, o dentro de medios de transporte público,
instalaciones sanitarias, de almacenamiento o transporte de combustibles,
de instalaciones de distribución o generación de energía eléctrica,
portuarias, aeropuertos o estaciones ferroviarias, incluyendo las de trenes
subterráneos, u otros lugares semejantes, se impondrá al responsable la
pena señalada al delito con exclusión de su grado mínimo, si ella consta de
dos o más grados, o de su mitad inferior, si la pena es de un grado de una
divisible».
La pena de este delito subiría de presidio menor en su grado máximo (3 años
y 1 día a 5 años de presidio) a una pena mínima de 4 años y un 1 día. Del
mismo modo, este delito con un arma adulterada que tiene de 3 años 1 día a
10 años, subiría a presidio mayor en su grado máximo, es decir de 5 años y
1 día a 10 años.
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